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miércoles, 21 de enero de 2009

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Amplían a embarazadas y madres presas el beneficio de la prisión domiciliaria

A partir de ayer (20/1) las mujeres embarazadas, las que tengan hijos menores de cinco años o una persona discapacitada a su cargo y los enfermos o discapacitados detenidos en lugares no adecuados para su estado podrán acceder al beneficio de la prisión domiciliaria. Así lo establece una reforma a la ley de ejecución de la pena privativa de la libertad, sancionada en diciembre por el Congreso nacional y que entró en vigencia ayer al ser publicada en Boletín Oficial.

Hasta ahora los únicos que podían acceder a la prisión domiciliaria eran las personas mayores de 70 años y quienes padecían una enfermedad incurable en período terminal, lo que igualmente sigue en vigencia. La nueva ley, que lleva el número 26.472, extiende el beneficio a las personas enfermas cuando "la privación de la libertad en el establecimiento carcelario les impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario". Y a los discapacitados cuando su detención "es inadecuada por su condición implicándole un trato indigno, inhumano o cruel".

En el caso de las mujeres, la prisión domiciliaria se podrá conceder cuando esté embarazada o sea "madre de un niño menor de cinco años o de una persona con discapacidad, a su cargo". En este último caso se conocen algunos fallos que concedieron libertades basándose en que la cárcel no es un lugar apropiado para el crecimiento de un menor, pero que no pueden ser separados de sus madres.

Fuente: La Nación, Diario de Río Negro, El Territorio – Misiones, 21/01/09
Reseña Niñez y Adolescencia en los Medios, Periodismo Social

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