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martes, 13 de enero de 2009

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Un juez declaró inconstitucional detener a chicos menores de 16 años acusados de delitos graves

El juez de Garantías de La Plata Fabián Cacivio declaró inconstitucional la detención de chicos menores de 16 años que hayan cometido delitos graves.Esa facultad hasta ahora era de competencia de los fiscales, quienes según la Ley 13.634 estaban autorizados, en casos de delitos de extrema gravedad, a solicitar la detención de los no punibles.

A partir de esta resolución del magistrado del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, sólo se podrá pedir para estos imputados reglas de protección, pero no privarlos de su libertad. La inconstitucionalidad de la norma fue dictada a partir de la presentación de un hábeas corpus solicitada por el defensor penal juvenil Ricardo Berenguer, en el caso de un chico menor de 16 años imputado en un delito por lesiones graves.

Se trata de un chico de 15 años acusado de herir de una puñalada a la ex pareja de su madre durante una discusión, y el fallo, según indicaron fuentes judiciales, sienta jurisprudencia para todas las peticiones de detención u otras medidas de coerción y encierro que pudieran requerir los fiscales del nuevo Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.

Qué dice el fallo. Para el juez Cacivio, son "inconstitucionales e inaplicables los arts 1o., 3o. y 4o. de la ley nacional de facto 22.278/80, en la redacción dada por su similar 22.803/83, en cuanto permite la privación de la libertad por un hecho imputado a una persona a la que el Estado ha renunciado a ejercer el 'ius puniendi' (no lo considera punible), y por los mismos motivos del artículo 64 de la ley 13.634, materia de exclusivo resorte federal".

Fuente: Reseña Niñez y Adolescencia en los Medios, Periodismo Social

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