Zaffaroni: “A un niño no se le puede aplicar la misma pena que al adulto”
Raúl Zaffaroni controla la exactitud de sus palabras a medida que habla. Pero trata de no privarse de decir nada. Fuma de a ratos. Se mueve poco. En un diálogo con el diario Página/12 habló, entre otros temas, del fallo que impidió la liberación de chicos menores de edad internados en institutos al tiempo que reclamó una reforma del sistema de minoridad. “Si lo declarábamos inconstitucional y liberábamos a los pibes, alimentábamos una brutal campaña de estigmatización de los chicos pobres” que podría, vaticina, terminar en una “masacre”. Dice que hablar de bajar la edad de imputabilidad pretende confundir y aplicar a los menores, bajo un criterio “tutelar”, los mismos castigos que a los adultos pero no las mismas garantías. Existe, señala, una situación inconstitucional que “hay que desmontar”.
A su entender, los niños deben ser juzgados en procesos penales que respeten sus derechos.–A simple vista, el reciente fallo con que ustedes impidieron la liberación de los menores presos en institutos coincidió con una nueva andanada de reclamos de mano dura y cárcel para los delincuentes comunes, y más aún si son niños. ¿Fue casual? Lo festejaron los medios más reaccionarios.
–Fue totalmente casual. Se demoró un poco y salió cuando salió porque queríamos sacar un solo voto. Tampoco creo que sea para festejar por parte de los que quieren la baja de la edad de imputabilidad.
– ¿Por qué?
–Se está diciendo algo inexacto, a veces por ignorancia, otras por mentira. Hablar de baja en la edad de imputabilidad es un error técnico: nadie se vuelve imputable porque pasó la medianoche. Nuestra legislación excluye a los menores del sistema penal ordinario hasta los 16 años, pero no los vuelve inimputables. Hasta esa edad, el criterio que predomina y que está contra la Constitución es el criterio tutelar. La imputabilidad es una cuestión de capacidad de culpabilidad, que se mide en cada individuo. Alguien puede ser inimputable porque es enfermo mental.
–¿Qué es exactamente el criterio tutelar?
–Se basa en sacar al niño del sistema penal y dejarlo bajo la tutela del Estado, que lo considera incapaz. Como se supone que todo lo que haga el Estado con él será para bien, se deduce que no hará falta un proceso penal acusatorio y que no necesitará las mismas garantías que un adulto en un proceso penal. En la historia, ¿a quiénes se tuteló? A las mujeres, a los niños, a los indios. Mirá cómo les fue. La ideología tutelar es inquisitorial. A mí que no me tutelen, ¡que me juzguen! Esa ideología entró en crisis en los años sesenta en Estados Unidos, donde comenzó. A un pibe de quince años que llamaba por teléfono a la vecina y le decía palabras soeces le aplicaron una medida tutelar hasta los 21 años, mientras que a un adulto le hubieran puesto una multa de algunos dólares. Esto derivó en la declaración de inconstitucionalidad del sistema tutelar y generó un movimiento de rejuridización de los derechos de niños y adolescentes. La Convención Internacional de los Derechos del Niño, incluida en nuestra Constitución, estableció que los niños deben tener los mismos derechos y garantías que un adulto. Alguien menor a 16 años es un ciudadano: hay que probar que hizo lo que dicen que hizo. Someterlo a un proceso penal como Dios manda, con derecho de defensa, juez, fiscal y defensor.
–¿Y después, vale cualquier castigo para un menor?
–Por mí que se lo someta a proceso desde el momento de la concepción. Otra cosa son las consecuencias penales. A un niño no se le puede aplicar la misma pena que al adulto. Quienes mienten o hablan por ignorancia citan el ejemplo de Brasil diciendo que allí los niños son imputables desde los 12 años. No, son procesables desde esa edad. Se debe probar qué hicieron. Luego la pena no puede superar los cinco años. El discurso represor dice: “aplíqueles la misma pena que a los adultos”. ¿Qué dice el progresismo, por así llamarlo? “Aplíquele las mismas garantías.” Para compatibilizar la Constitución nacional con la Legislación Positiva (como indica el reciente fallo de la Corte) hay que reformar toda la legislación de niños y adolescentes. Tenemos un régimen tutelar y debemos pasar a un régimen jurídico de garantías. No lo puede hacer la Corte, lo tiene que hacer el Congreso. Tampoco debemos permitir que no haya régimen alguno.
Fuente: Página/12 - 21/12/08
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